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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2021-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2021-S2

    Fecha: 06-May-2021

    II.3.

    II.3.    Por Sentencia Definitiva 22/18 de 9 de agosto de 2018, la Jueza Pública Civil y Comercial Decimocuarta de la Capital del departamento de Santa Cruz, declaró probada la excepción de pago interpuesta por Antonio Moller Chino, Ysamara Pizarro Salvatierra, Fátima Pizarro de Arauz, Mercedes Segovia de Arauz, Ramón Arauz Vargas y Melissa Chávez Olmos; en consecuencia, dejó sin efecto la Sentencia Inicial 151/17       (fs. 341 a 342).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • La Acción de Amparo Constitucional podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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