SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2021-S4
Fecha: 07-May-2021
II.6.
II.6. De acuerdo al informe de 15 de diciembre de 2018, elaborado por Noemí Colque Isla y Verónica Claudia Copa Soto, Funcionarias Policiales del municipio de Tupiza del departamento de Potosí, dirigido al Comandante de Frontera Policial de Tupiza, detallaron las circunstancias en las que el 14 del mismo mes y año a las 14:40, se ejecutó el mandamiento de aprehensión emitido en contra de la imputada ahora solicitante de tutela, en la localidad de Vitichi de la provincia Nor Chichas del departamento de Potosí, habiéndose efectuado la entrega a la Secretaría del Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero; asimismo, hicieron conocer que la referida imputada, les amenazó e intimidó (fs. 34).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Sobre la notificación de la resolución que dispone la aplicación de medidas cautelares
- Lo afirmado no impide que si la parte imputada, de manera voluntaria, en la misma audiencia de imposición de medida cautelar manifiesta su voluntad de renunciar
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre el debido proceso en la acción de libertad
- cuando se demuestre que esas vulneraciones afectaron directamente al derecho a la libertad física libertas de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad, en aquellos casos en los cuales, el procesamiento indebido constituya la causa directa que originó la restricción o supresión de los antes citados derechos
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad
- Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 21
- 2.
- ii)
- Fragmento 24
- REVOCAR
- 2° Disponer