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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2021-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2021-S4

    Fecha: 11-May-2021

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2.
    • i)
    • I.2.4. Intervención de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III.1.  La motivación y fundamentación de las resoluciones de medidas cautelares. Jurisprudencia reiterada
    • cabe señalar que la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y fondo.
    • Fragmento 14
    • la parte procesal que se considere agraviada con los resultados de la apreciación efectuada dentro de un proceso judicial o administrativo, debe invocar la lesión a sus derechos fundamentales y expresar
    • en qué medida, en lo conducente, dicha valoración cuestionada de irrazonable de inequitativa o que no llegó a practicarse, no obstante haber sido oportunamente solicitada, tiene incidencia en la Resolución final
    • Fragmento 17
    • los delitos contra la libertad sexual
    • El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de género y generacional, así como toda acción u omisión que tenga por objeto degradar la condición humana,
    • Art. 60.- Es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia
    • La vulnerabilidad puede proceder de sus propias características personales o bien de las circunstancias de la infracción penal
    • Se alentará la adopción de aquellas medidas que resulten adecuadas para mitigar los efectos negativos del delito
    • caso de conflicto o colisión entre derechos individuales
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • En cuanto al primer punto de reclamo
    • Sobre el segundo punto de reclamo
    • Respecto al tercer punto de reclamo
    • En cuanto
    • corresponde denegar en todo la tutela solicitada
    • CONFIRMAR

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