SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2021-S4

Fecha: 11-May-2021

Sobre el segundo punto de reclamo

Sobre el segundo punto de reclamo relativo a que se hubiese omitido aplicar el estándar jurisprudencial más alto establecido por la SCP 0185/2019-S3 y la CIDH emitida en el caso Fermín Ramírez Vs. Guatemala, respecto a la peligrosidad, la autoridad demandada aludió que al igual que en el primer motivo, este extremo era parcialmente acogido con relación a que no concurría el riesgo para la sociedad; empero, el peligro para la víctima se mantenía latente; por otro lado, cabe mencionar en este punto que aquello no significa desconocer el alcance de la SCP 0185/2019-S3, con relación al peligro efectivo para la victima previsto en el art. 234.7 del CPP; toda vez que, este Tribunal, mediante la SCP 0015/2020-S2 de 11 de marzo, efectuó una aclaración al fallo constitucional aludido, estableciendo que el solo hecho de no contar con sentencia condenatoria ejecutoriada no desvirtúa este riesgo sino que la exigencia para enervar dicho riesgo procesal, debe necesariamente supeditarse a la actividad interpretativa y valorativa que vaya a ejercer el Juez de control jurisdiccional, sin limitarse a parámetros preestablecidos, autoridad que a partir de la prueba presentada por las partes en su integralidad y los principios de proporcionalidad y razonabilidad determinará la medida cautelar a adoptarse, ratificándose la facultad de los administradores de justicia de establecer las mismas, conforme a las circunstancias procesales propias de cada caso, la presencia o no de los peligros procesales, sin dejar de lado las cualidades de temporalidad e instrumental al proceso de la mismas; en virtud de lo cual, con relación a este punto corresponde denegar la tutela solicitada.