Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2021-S2
Fecha: 12-May-2021
II.1.
II.1. Cursa denuncia presentada el 12 de junio de 2014 a la Presidenta del Honorable Consejo de Enfermería de la UMSA, por Tania Antonieta Pinto Ucharico, Enayda Fátima Paz Oporto, Juan Carlos Pachuri Quimpe, Deysi Mabel Flores Piza, Evelin Cesaria Yucra Quiroga y Franz Edgar Contreras Quisbert -miembros de la Comisión de Cultura de la referida casa superior de estudios- contra Inés Magali Peláez Mariscal -ahora accionante-, por contravención de los arts. 22 inc. d) y 24 inc. g) del Reglamento de Procesos Universitarios (fs. 7); siendo resuelta por la Comisión Universitaria de Procesos Sala Tercera mediante Resolución 09/2017 de 29 de agosto, absolviendo a la prenombrada (fs. 19 a 25).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a partir de la comisión de la vulneración alegada
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- la notificación de la última decisión administrativa o judicial
- CONFIRMAR