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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2021-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2021-S2

    Fecha: 12-May-2021

    II.5.

    II.5.  La Directora General Ejecutiva de la CPS -ahora demandada-, por Nota Cite: OFN-DGE-2919/2019 de 29 de agosto, dirigido al SIPROCPSLP, atendió las notas de 26 de junio y 17 de julio de igual año, constando firma de recibido el 10 de septiembre del referido año, por el “Dr. R. Gutiérrez” (60 a 61).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta
    • cuando se aduzca el derecho de petición, la autoridad peticionada
    • III.2.
    • sin la exigencia de formalidades, pues sólo se requiere la identificación del peticionario
    • CONFIRMAR

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