SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2021-S2

Fecha: 21-May-2021

1)

La empresa Poplar Capital S.A., mediante su abogado patrocinante en audiencia solicitó se deniegue la tutela, conforme a los siguientes argumentos: 1) En el caso en particular, existían tres acciones de defensa relacionadas al mismo objeto, la acción de amparo constitucional de 7 de febrero de 2020, la cual fue desistida; la acción de libertad de 12 de igual mes y año, presentada contra el “Auto de Vista de 29 de enero de 2010”, sumadas a la presente demanda; 2) La jurisprudencia constitucional estableció que dos acciones tutelares no pueden estar dirigidas contra el mismo objeto procesal, a fin de evitar la duplicidad de fallos; 3) La acción de libertad interpuesta fue concedida y el Juez ordenó la nulidad del Auto de Vista de 29 de enero de 2020, razón por la cual, operó la perdida de objeto procesal; 4) Cuando se impugna parte de una resolución judicial en sede constitucional, por lógica consecuencia se consiente lo que no fue observado, y opera el consentimiento; 5) La SCP 0441/2015-S1 de 8 de mayo, dispuso que el desistimiento implica cosa juzgada constitucional, impide la presentación de una segunda acción si existe identidad de objeto, sujeto y causa; en el caso en concreto, el objeto y la causa en las tres demandas tutelares interpuestas fue el precitado Auto de Vista y los sujetos los mismos; y, 6) Las resoluciones administrativas, pueden ser actos ilegales considerados lesivos de derechos fundamentales, y tutelables como vías de hecho mediante una acción de amparo constitucional; debiendo denegarse la tutela, considerando que la misma ya fue concedida, a raíz de la interposición de una anterior acción.