Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2021-S4
Fecha: 26-May-2021
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos de acceso al agua, al trabajo y a la vida; toda vez que, el 25 de mayo de 2020, aproximadamente a las 10:45, cuando se dirigió a limpiar el canal de riego que utiliza para sus sembradíos, las demandadas le impidieron realizar esa labor, habiendo obstruido el ducto con tierra aprovechando que el canal pasa primero por su propiedad, habiéndole manifestado que no dejarán pasar el agua mientras no solucione los conflictos que tienen pendientes en la jurisdicción agroambiental y penal; privación del agua y exigencias que se constituyen en medidas de hecho.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- las vías de hecho se definen como el acto o los actos cometidos por particulares o funcionarios públicos, contrarios a los postulados del Estado Constitucional de Derecho por su realización al margen y en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales vigentes para una administración de justicia
- Fragmento 13
- “
- El o los derechos cuya tutela se pide, deben estar acreditados en su titularidad; es decir, no se puede invocar derechos controvertidos o que estén en disputa, atendiendo claro está, a la naturaleza de los mismos.
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR