SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2021-S3

Fecha: 06-May-2021

II.3

II.3   Cursa memorial presentado el 22 de abril de 2020, a través del cual el accionante solicitó cesación de su detención preventiva en aplicación del art. 239.3 del CPP (fs. 15 a 18 vta.); y en respuesta, por decreto de 23 de ese mes y año -no consta firma del Juez- se declaró sin lugar a lo solicitado en razón a lo dispuesto por las Circulares “06/20” y “07/20” emitidas por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, así como en estricto cumplimiento al Instructivo “02/2020” del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, ante la emergencia sanitaria que atraviesa el país, debiendo reiterarse esa solicitud una vez concluida la cuarentena total, conforme a lo dispuesto en el citado Instructivo (fs. 19), decreto contra el cual el accionante interpuso recurso de reposición el 24 de igual mes y año (fs. 20 a 21) mereciendo el Auto de 27 de similar mes y año, emitido por Ronald Rivas Rodríguez, Juez de Sentencia Penal Tercero de Quillacollo del departamento de Cochabamba -hoy accionado- que declaró no ha lugar a lo solicitado, manteniendo incólume el decreto cuestionado (fs. 22 a 23).