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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2021-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2021-S4

    Fecha: 26-May-2021

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • i)
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de libertad en su modalidad correctiva
    • ARTÍCULO 2° (Principio de Legalidad).-
    • ARTÍCULO 125º (Cumplimiento).-
    • Las sanciones serán cumplidas una vez ejecutoriada, sin perjuicio de disponerse las medidas necesarias para evitar que el hecho produzca mayores consecuencias
    • En consecuencia, la sanción disciplinaria no será ejecutada en tanto no haya sido resuelto el recurso interpuesto por el interno ante el Juez de Ejecución Penal; en caso de que no ser interpuesto, hasta que haya transcurrido el plazo para su impugnación
    • Aspectos que se resumen en la observancia del debido proceso en la sustanciación e imposición de sanciones disciplinarias al interior de los recintos penitenciarios, obligación que adquiere relevancia dada la particular situación de vulnerabilidad de las personas privadas de libertad,
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en parte
    • 1°  CONCEDER

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