Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2021-S3
Fecha: 24-May-2021
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El impetrante de tutela a través de su representante sin mandado, considera lesionados sus derechos al debido proceso y al acceso a la justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, vinculados con su derecho a la libertad, citando al efecto los arts. 23 y 115 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 7 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares
- que es indebidamente procesada o privada de libertad personal
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1.2.- Cuando el imputado, tenga una enfermedad crónica
- REVOCAR