Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2021-S3
Fecha: 24-May-2021
II.7.
II.7. Por CITE: OF 0297/2020 de 4 de junio, el Director del Centro Penitenciario Villa Busch del departamento de Pando, en respuesta a la orden de salida del ahora accionante, para la audiencia virtual señalada “…el día 4 de junio de 2020, a horas 11:00 a.m…” (sic) -se entiende la audiencia de la presente acción de libertad-, hizo conocer a Delfin Humberto Betancourt Chinchilla, Vocal de la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, “…que el interno PPL. Jaime Gary Zarco Bravo se encuentra internado en virtud a la solicitud de salida de emergencia a la clínica integramedia…” (sic [fs. 24]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares
- que es indebidamente procesada o privada de libertad personal
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1.2.- Cuando el imputado, tenga una enfermedad crónica
- REVOCAR