SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0278/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0278/2021-S3

Fecha: 26-May-2021

II.3.

II.3.    Mediante nota de 17 de julio de 2020, la accionante hizo conocer a Efraín Balderas Chávez, Gobernador del Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca -hoy accionado-, que teniendo una relación contractual como personal eventual a plazo fijo con la citada Gobernación, con vigencia hasta el 31 de diciembre de ese año, el 15 de julio de igual año, se presentó a su fuente laboral y al momento de marcar en el sistema biométrico de control de asistencia de personal fue rechazado y el Administrador de la Secretaría de Desarrollo Social, les hizo conocer al personal eventual que dicha institución decidió rescindir sus contratos vigentes debiendo, para ello, firmar una renuncia voluntaria e irrevocable al cargo, la cual ya estaba redactada, para supuestamente suscribir otro contrato como consultor individual por tres meses, negándose a firmar; por lo señalado solicitó se respete su contrato y su reincorporación inmediata a su fuente laboral con la habilitación de sus datos personales en el sistema biométrico (fs. 16).