AUTO CONSTITUCIONAL 0111/2021-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0111/2021-RCA

Fecha: 29-Jun-2021

estando facultado el activante de la queja, en caso de estimar dilación o incumplimiento de la  resolución emergente de una acción tutelar, a presentar la misma ante el Tribunal Constitucional Plurinacional,

Con la resolución pronunciada por el juez o tribunal de garantías, se  notificará a las partes procesales, estando facultado el activante de la queja, en caso de estimar dilación o incumplimiento de la  resolución emergente de una acción tutelar, a presentar la misma ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, en los términos establecidos por el art. 16.II del CPCo, queja que deberá ser presentada       en el plazo de tres días computables a partir de la notificación con la resolución emitida por el juez o tribunal de garantías. En este supuesto, el juez o tribunal de garantías, en el plazo de veinte cuatro horas, deberá  remitir todos los antecedentes relevantes a la queja ante el Tribunal Constitucional Plurinacional.