DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2021

Fecha: 30-Jun-2021

a)

Mediante memorial presentado a este Tribunal el 19 de mayo de 2020, cursante de fs. 208 a 211 vta., las citadas Autoridades Indígena Originario Campesinas (AIOC) de la Nación Originaria Suyu Jatun Killaka – Asanajaqi “Jakisa”, señalaron que: a) Habiendo sido elegidos en el Tantachawi de 22 y 23 de junio de 2019, como representantes del referido Suyu y ejerciendo la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina (JIOC), en las Markas y Ayllus que la conforman, emitieron la Resolución 001/2021 de 6 de mayo, la cual ponen en conocimiento de esta instancia para su control de constitucionalidad; consulta efectuada en aplicacion a los arts. 24, 179.I, 190 y 192 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 128 al 131 del Código Procesal Constitucional (CPCo.); b)  El Suyu JAKISA, fue constituido el 22 de noviembre de 1988, el mismo lo conforman catorce Markas Aransaya (Quillakas, Challapata, Qaqachaca, Kulta, Condo, Lagunilla, Urmiri de Quillacas) Markas Urinsaya (Pampa Aullagas, Salinas Huari, Aroma, Ucumasi, Challacota, Belen Pajcha), con más de setenta y cuatro Ayllus; que los mismos conforman la Marka de más de mil comunidades y estancias; las cuales se encuentran en tres provincias de Oruro; Ladislao Cabrera, Sebastián Pagador y Avaroa, de departamento  de Oruro; quienes comparten identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorio anterior a la colonización española y la República; correspondiendo a la época preincaica de origen puquina, gobernado por el “Insigne Khapaj Mallku y su Mika Talla (bajo la concepción chacha y warmi), siendo su organización basada en el Ayllu ancestral; y, c) Solicitaron además, que el cumplimiento de las Resoluciones de su Jurisdicción Indígena Originario Campesina, en aplicación de los principios de coordinación y cooperación entre jurisdicciones, deban ser respaldadas por la fuerza coercitiva penal, en la jurisdicción ordinaria.