SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0194/2021-S2
Fecha: 02-Jun-2021
denegó
La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, mediante Resolución 16/2020 de 20 de mayo, cursante de fs. 43 a 44 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) El Fiscal Policial demandado remitió el Requerimiento de Acusación de 22 de abril de 2020, al Tribunal Disciplinario Departamental de Pando de la Policía Boliviana, para el desarrollo del proceso; y, ii) El Presidente del mencionado Tribunal Disciplinario, emitió el Auto de Inicio de Procesamiento de 27 de abril y el proveído de 11 de mayo ambos del indicado año, este último que suspendió los plazos procesales, tiene capacidad legal para responder la acción de defensa; empero, no fue demandado; así, las resoluciones de dicho ente colegiado quedarían vigentes y subsistentes, causando incongruencia al anularse actuaciones de la etapa investigativa y la causa continúe; por lo que, no se cumplió con el requisito de legitimidad pasiva para ingresar al fondo de la problemática planteada.
Ante la solicitud de complementación y enmienda por parte del accionante, la referida Sala Constitucional señaló que; no obstante, haber dejado sin efecto las resoluciones del Fiscal Policial demandado, quedarían subsistentes las determinaciones del mencionado Tribunal Disciplinario; lo cual, sería contradictorio; toda vez que, el proceso continuaría.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos y, en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados dentro de ese proceso o vía legal, sea judicial o administrativa
- reglas y subreglas de improcedencia del amparo por subsidiariedad
- Fragmento 11
- Auto de inicio de procesamiento
- Acusación
- III.3.
- audiencia de proceso oral
- III.4.
- CONFIRMAR