SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2021-S2

Fecha: 08-Jun-2021

Fragmento 22

Al respecto, conforme al desarrollo jurisprudencial expuesto en el  Fundamento Jurídico III.1 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, entre los principios que establece la instancia ordinaria se encuentra la celeridad, misma que es esencial en los procedimientos judiciales, debiendo la autoridad jurisdiccional atender el pedido en el plazo otorgado por la norma o lo más pronto posible; aperturándose la jurisdicción constitucional cuando el justiciable se vea perjudicado por alguna dilación innecesaria que afecte su derecho a la libertad, por medio de la presente acción de defensa en su modalidad traslativa o de pronto despacho, en procura de acelerar el trámite judicial que fuera dilatado de manera indebida.