Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2021-S4
Fecha: 10-Jun-2021
II.1.
II.1. A través de nota de 15 de marzo de 2017, dirigida a Romy Chávez Colombo, Presidenta del Directorio del condominio Dos Hermanas (Torre Azul), Enny Pura Camacho Cuellar –hoy accionante– adjuntó proformas de arreglo de tumbado y paredes, emitidas tanto por la empresa SECCOPLAC cuyo costo asciende a la suma de Bs21 560.- (veintiún mil quinientos sesenta bolivianos) y de SEBCONS DRY WALL YSTEM por el monto de Bs14 014.- (catorce mil catorce bolivianos), solicitando que se proceda al descuento de las expensas comunes que mantenía en mora (fs. 8).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 4
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las medidas de hecho: Alcances y requisitos para su consideración a través de la acción de amparo constitucional, haciendo abstracción de las exigencias procesales
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- una debida fundamentación y acreditación objetiva
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR