Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2021-S4
Fecha: 10-Jun-2021
II.2.
II.2. Por carta de 28 de abril de 2018, dirigida a Enny Pura Camacho Cuellar, propietaria del Departamento 9F, el Directorio del Condominio Dos Hermanas “Torre Azul”, le refiere que el pago de los daños de su vivienda será llevado a las correspondientes expensas en mora, calculando el monto hasta donde abarquen los años y costos de las mismas (fs. 2).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 4
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las medidas de hecho: Alcances y requisitos para su consideración a través de la acción de amparo constitucional, haciendo abstracción de las exigencias procesales
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- una debida fundamentación y acreditación objetiva
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR