SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0247/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0247/2021-S2

Fecha: 22-Jun-2021

2)

2)   Concluye que el DS 24469, no fue ni expresa o tácitamente derogado o abrogado, y que las Administradoras de Fondos de Pensiones, conforme el art. 177 de la LP, deben cumplir con las obligaciones determinadas mediante contrato de prestación de servicios, suscritos con el Estado boliviano, debiendo continuar por tanto con el cobro de las contribuciones en mora; y que la APS, en cumplimiento de lo previsto en el art. 168.b) de la citada Ley, tiene la facultad para sancionar el incumplimiento de las AFP; y,