SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0247/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0247/2021-S2

Fecha: 22-Jun-2021

a)

La parte accionante a través de su abogado, ratifico íntegramente el contenido del memorial de la acción de amparo constitucional presentado y ampliándolo expresó lo siguiente: a) En el proceso administrativo que se siguió contra la entidad que representa, fueron sancionados desconociendo el carácter vinculante de las Sentencias Constitucionales Plurinacionales y el art. 109 de la CPE, referido al principio de reserva de ley; puesto que, el régimen sancionatorio debe ser regulado por ley y no por una norma infra legal; b) La APS emitió una sanción por demora; asimismo, una demanda por la vía proceso penal, atropellando su derecho al debido proceso, pues la AFP Futuro de Bolivia S.A. logro el cumplimiento del pago por parte del empleador deudor; pese a ello, sigue siendo responsable; c) La Sentencia impugnada solo se pronunció sobre un agravio con insuficiente evidencia, una sucinta síntesis, breves elocuciones sin cumplir con una debida y adecuada motivación; d) Se debe cumplir con la SCP 0030/2014-S2, el cual señala que, el régimen sancionatorio previsto en el DS 24469, así como el procedimiento y recursos fueron derogados por el art. 6.1 del DS 26400; lo que, conlleva a que el proceso sancionatorio se encuentre sustentado en normas que no están vigentes; e) La demanda contenciosa administrativa denunció el desconocimiento a la vinculatoriedad del citado fallo constitucional y la inexistencia de un régimen sancionatorio, sin que se haya dado respuesta a estos agravios; no se explicó la interpretación y aplicación de las normas que fueron acusadas de no estar vigentes y tampoco se las relacionó con los hechos facticos, vulnerando el derecho al debido proceso adjetivo y sustantivo.