SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0247/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0247/2021-S2

Fecha: 22-Jun-2021

III.3.  Análisis del caso concreto

De manera inicial corresponde precisar que, la parte accionante no adjuntó ninguna de las resoluciones dictadas en la instancia administrativa, ni la demanda contencioso administrativa que fue interpuesta ante el Tribunal Supremo de Justicia, únicamente cursa en obrados la Sentencia 86/2019 de 11 de septiembre; motivo por el cual, el análisis de las denuncias planteadas en la presente acción tutelar será realizada a partir de dicho fallo.

También es importante precisar que las acciones de amparo constitucional no tienen por finalidad realizar el control de constitucionalidad del ordenamiento jurídico ni tampoco se constituyen en un mecanismo de revisión de las decisiones de rechazo de la Comisión de Admisión de este Tribunal; en la presente causa, de la acción de inconstitucionalidad concreta que fue planteada dentro del proceso contencioso administrativo; lo que, determina que los argumentos expresados por la parte peticionante de tutela, no sean considerados en este fallo constitucional.

En ese marco, se puede advertir que la AFP Futuro de Bolivia S.A., interpuso demanda contencioso administrativa contra el proceso sancionatorio que le fue iniciado por la APS, dentro del cual se emitió Resolución Administrativa Sancionatoria APS/DJ/DPC/843-2017 de 22 de diciembre, de primera instancia por la infracción de lo dispuesto por los arts. 23 del DS 0778 de 26 de enero de 2011 e incumplimiento del 149.v) de la Ley de Pensiones (LP); y, 8.I y IV de la RA APS/DJ/DPC/ 362-2014 de 21 de mayo, planteado recurso de revocatoria, la APS confirmó parcialmente el fallo a través de la RA APS/DJ/DPC/ 343/2017 de 24 de marzo, para finalmente dictarse en instancia jerárquica la Resolución Ministerial Jerárquica MEFP/VPSF/URJ-SIREFI 051/17 de 4 de septiembre 2017; lo que, motivo se interponga ante el Tribunal Supremo de Justicia, la demanda contenciosa administrativa, denunciándose en la misma lo siguiente: