Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2021-S4
Fecha: 17-Jun-2021
acción de libertad
En revisión la Resolución 10/2020 de 26 de junio, cursante de fs. 151 a 156, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Erick Torrico Zenzano en representación sin mandato de Lucy Sara Escobar Velasco, Osvaldo Gareca Álvarez y Remy Jhader Cañiz Fernández contra Wilson Gonzalo Saavedra Paniagua, Juez de Instrucción Penal Quinto del departamento de Cochabamba.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión,
- Fragmento 12
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional, dado que mediante ésta no es posible analizar actos o decisiones demandados como ilegales que no guarden vinculación con los derechos citados.
- III.2.
- CONFIRMAR