Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2021-S4
Fecha: 17-Jun-2021
II.1.
II.1. Se tiene ampliación de imputación formal de 23 de junio de 2020, contra Lucy Sara Escobar Velasco, Osvaldo Gareca Álvarez –ahora accionantes–, presentado ante el Juez de Instrucción Penal Tercero del departamento de La Paz (fs. 20 a 29), ante lo cual la referida autoridad por decreto de 25 de ese mes y año, fijo audiencia e consideración de aplicación de medidas cautelares para ese mismo día a las 10:30 (fs. 30).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión,
- Fragmento 12
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional, dado que mediante ésta no es posible analizar actos o decisiones demandados como ilegales que no guarden vinculación con los derechos citados.
- III.2.
- CONFIRMAR