Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2021-S2
Fecha: 30-Jun-2021
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la vulneración de su derecho a la propiedad privada; por parte de los demandados quienes a través de medidas de hecho avasallaron de forma violenta la Urbanización “Mario Barbery Sciaroni” Fase II, ubicada en el municipio de Ascensión de Guarayos del departamento de Santa Cruz, pese a contar con toda la documentación al día y estar registrado su derecho propietario en la oficina de DD.RR., además de haberse emitido la OM 001/2010, por el citado Gobierno Autónomo Municipal que aprobó los planos de la urbanización.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Medidas de hecho en caso de avasallamiento de predios y la resolución de los derechos controvertidos
- La flexibilización del principio de subsidiaridad; 2) La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela; y, 3) Los presupuestos de la legitimación pasiva, su flexibilización excepcional y la flexibilización del principio de preclusión para personas que no fueron expresamente demandadas
- 1) El derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado; y, 2) La evidencia, tampoco controvertida, de que los demandados no estaban en posesión del bien inmueble sino que con acciones violentas (de hecho) ocuparon la propiedad privada de los accionantes, esto es, que el accionante debe acreditar plenamente su derecho de propiedad sobre el inmueble, cuya titularidad no esté cuestionada ni se encuentre en litigio
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR