Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0281/2021-S4
Fecha: 22-Jun-2021
I.1. Contenido de la demanda
Mediante memoriales presentados el 12 de marzo de 2020, cursante de fs. 118 a 129; de solicitud de medidas cautelares, de 16 de igual mes y año (fs. 136 a 137 vta.); y el de subsanación, de 17 del mismo mes y año (fs. 157 a 159 vta.), los accionantes expusieron los siguientes argumentos de hecho y de derecho:
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Quedan aquí excluidos del concepto todos los [actos preparatorios] (informes, dictámenes, proyectos, etc.) y en general cualquier acto que por sí mismo no sea suficiente para dar lugar a un efecto jurídico inmediato en relación a un sujeto de derecho; esos actos no son impugnables administrativa ni judicialmente
- Respecto a los informes ya sean técnicos y legales, la SCP 0430/2017-S1 de 19 de mayo, en su parte final del Fundamento
- III.2.
- CONFIRMAR