SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2021-S4

Fecha: 22-Jun-2021

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Ingresó a trabajar el 20 de marzo de 2020, mediante Memorándum 144/2020 de 20 de marzo; designado provisionalmente como Jefe de la Unidad de Turismo, dependiente de la Secretaría Departamental de Turismo y Cultura del Gobierno Autónomo Departamental de Potosí, funciones que cumplió hasta el 2 de julio del mismo año, fecha en la cual se le agradeció sus servicios, mediante Memorándum 169/2020 de 2 de julio, razón por lo que el 6 de igual mes y año a través de nota formal, invocando el art. 48.VI de la Constitución Política del Estado (CPE), hizo conocer a dicha Autoridad Gubernamental que tiene un hijo menor de un año de edad, y por lo tanto, gozaba de inamovilidad laboral, adjuntando el certificado de nacimiento del menor, empero; hasta la fecha de presentación de esta acción de defensa su persona no recibió ninguna respuesta formal y pronta, como lo establece el art. 24 de la Norma Suprema, no habiéndose cumplido con ninguno de los derechos pre y post lactancia, en detrimento de la salud de la madre y atentando contra la vida del niño, mismos que están previstos en el art. 45.V de la CPE.