Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2021-S3
Fecha: 23-Jun-2021
II.1.
II.1. Mediante Auto Interlocutorio 19/2018 de 26 de enero, el Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero en suplencia legal de su similar Cuarto de la Capital del departamento de La Paz, ordenó la detención preventiva de José Luis Hidalgo Conde -hoy accionante- dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público y otros, por la presunta comisión del delito de violación, signado con NUREJ 20158104 (fs. 15 a 16).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- en cuanto a la celeridad dentro de los procesos judiciales,
- En el caso de los numerales 3 y 4, la Oficina Gestora de Procesos, a través del buzón de notificaciones de ciudadanía digital, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes correrá traslado a las partes, quienes deberán responder en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas. Con contestación o sin ella, la jueza, el juez o tribunal dictará resolución sin necesidad de audiencia, dentro del plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes, declarando la procedencia, siempre que la demora no sea atribuible a los actos dilatorios del imputado, o la improcedencia del beneficio, sin posibilidad de suspensión de plazos.
- III.2. Análisis el caso concreto
- demora de más de cuarenta días
- sin embargo,
- III.3. Otras consideraciones
- conceder
- REVOCAR en parte
- 1º CONCEDER
- 3º Exhortar