SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2021-S3

Fecha: 28-Jun-2021

Respecto a la problemática identificada en el inc. 3)

De los antecedentes cursantes en obrados, se tiene un certificado médico de 27 de julio de 2020, suscrito por el médico Juan Gabriel Herbas Gonzáles, señalando que el accionante presenta cuadro clínico de COVID-19, con alzas térmicas de +-38°, fatiga respiratoria, cefalea y decaimiento físico, por lo cual solicitó laboratorios de rutina y se proceda a medicación, otorgando baja médica de +- diez días hasta ver mejoría de síntomas; así también se tiene una receta médica de igual fecha a nombre del accionante; y, un examen de laboratorio clínico de 1 de agosto de igual año, suscrito por la Bioquímica Verónica Uriona Valverde, señalando que ante el estudio efectuado al accionante, se tiene como resultado el Anti-IgG: Positivo y el Anti-IgM: Positivo.

Ahora bien, conforme se tiene citado en el Fundamento Jurídico III.3. del presente fallo constitucional, el derecho a la vida es tutelado a través de la acción de libertad por su carácter primario dentro de los derechos fundamentales; empero, para que sea objeto de análisis mediante esta acción tutelar, la vulneración ocasionada debe ser real y no una simple enunciación o suposición sin sustento, puesto que la jurisdicción constitucional requiere de certidumbre sobre la lesión del derecho alegado para tutelarlo y protegerlo.

Finalmente, en cuanto a los derechos a la defensa, a la igualdad, a la integridad física, a la salud, a la dignidad y a la seguridad personal, alegados por el accionante como vulnerados, no corresponde a esta Sala del Tribunal Constitucional Plurinacional emitir pronunciamiento alguno, por cuanto el accionante se limitó a señalarlos sin demostrar de qué manera fueron vulnerados.