SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2021
Fecha: 07-Jul-2021
2)
2) Edson Ovidio Laime Villca, no tiene pertenencia ni se auto identifica como miembro de la citada Comunidad Originaria; sin embargo, esta y sus autoridades “…lo reconocen como parte de la comunidad pues tiene vínculo familiar con varios de sus miembros; la tierra que posee su padre Celier Máximo Laime también le vincula a Edson ante una posible sucesión hereditaria, salvo la renuncia voluntaria” (sic);
2º Disponer que, el Juez Agroambiental de Huachacalla en suplencia legal de su similar de Corque, del departamento de Oruro, se inhiba del conocimiento del caso y remita los antecedentes correspondientes a las autoridades de la comunidad originaria “Villa Nueva”, ayllu Quita Quita del municipio de Corque, de la referida provincia y departamento.
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.
- a)
- admitió
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.
- Toda persona tiene derecho a ser oída por una autoridad jurisdiccional competente
- 3.
- II.
- Artículo 11. (ÁMBITO DE VIGENCIA TERRITORIAL).
- III.2.1. Ámbito de vigencia personal
- pero que voluntariamente de manera expresa o tácitamente se sometan a dicha jurisdicción
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2)
- 6)
- 7)
- III.3.1. En cuanto al ámbito de vigencia personal
- III.3.2.
- III.3.3. En cuanto al ámbito de vigencia material
- 1°