SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2021-S2

Fecha: 15-Jul-2021

la tutela que otorga este Tribunal es de carácter provisional, ante la decisión unilateral del empleador que opta por un despido sin causa legal

Asimismo, se aclara que siendo la conminatoria obligatoria en su cumplimiento a partir de su notificación, esta no puede suspenderse en su ejecución ante la interposición de los mecanismos de impugnación administrativos o judiciales previstos en la normativa legal pertinente; ya que, al no ser una resolución que defina la situación laboral de la accionante, podrá ser cuestionada en la judicatura laboral -si así lo ve pertinente-, instancia que establecerá si el despido fue o no justificado; entretanto, la tutela que otorga este Tribunal es de carácter provisional, ante la decisión unilateral del empleador que opta por un despido sin causa legal justificada, no correspondiendo por ende efectuar pronunciamiento de fondo al respecto, conforme al contenido jurisprudencial anotado precedentemente.

Finalmente, de acuerdo al entendimiento plasmado en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la Conminatoria de Reincorporación debe ser acatada en su integridad, sin omitir ninguna de las determinaciones dispuestas, según los términos precisados por el Jefe Departamental de Trabajo Potosí (Conclusión II.3).