Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0302/2021-S4
Fecha: 07-Jul-2021
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal que sigue en representación de su hija menor de edad AA, por la presunta comisión del delito de abuso sexual, planteó una acción de amparo constitucional el 12 de junio de 2020, la cual sufrió una serie de irregularidades e ilegalidades en su tramitación, que le obligaron a desistir de la misma el 22 de julio del citado año.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión,
- Fragmento 10
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional, dado que mediante ésta no es posible analizar actos o decisiones demandados como ilegales que no guarden vinculación con los derechos citados.
- III.2.
- III.2.1. Otras consideraciones
- CONFIRMAR