SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2021-S2

Fecha: 19-Jul-2021

c)

c) La arbitrariedad también se expresa en la falta de coherencia, o incongruencia de la decisión (principio de congruencia), cuando el conjunto de las premisas, -formadas por las normas jurídicas utilizadas para resolver el caso, más los enunciados fácticos que describen los hechos relevantes- no son correctas, fundadas y si, además, su estructura también no lo es. Esto, más allá si la resolución que finalmente resuelva el conflicto es estimatoria o desestimatoria a las pretensiones de las partes…”.

A partir de lo señalado, se tiene que una decisión judicial sin motivación es carente de razones de hecho y derecho; la motivación arbitraria, deviene de la valoración arbitraria de la prueba y de fundamentos carentes de justificación; un fallo con motivación insuficiente, concurre cuando no se justifica las razones por las cuales se omite pronunciarse sobre todo lo manifestado por las partes. La incoherencia interna y externa de un fallo, sobreviene por la falta de una relación lógica entre las premisas y la conclusión, y entre lo resuelto y lo solicitado.