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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0324/2021-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0324/2021-S4

    Fecha: 20-Jul-2021

    II.4.

     II.4.       Por Instructivo IT/VESFP/DGFM/EFB 0003/2020 de 3 de febrero, la Dirección General de Formación de Maestros “DGFM”, dispuso la remisión de memorándums de designación del personal de las Escuelas Superiores de Formación de Maestros ESFM/UA Gestión 2020; es decir, “…del personal Directivo, Docente, Administrativo y Personal de PROFOCOM-SEP para la Gestión 2020…”; indicando, en su acápite tercero numeral dos, que el de PROFOCOM-SEP, debe ser incluido como observación “…DESIGNADO POR INVITACIÓN HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020, CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA Y A TIEMPO COMPLETO, SUJETO A EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO PROFESIONAL…” (sic) (fs. 10 a 11).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió parcialmente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • Ambos casos, se excluyen de la excepción al principio de subsidiaridad, que se da cuando la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales denunciados, ocasionen perjuicio irremediable e irreparable, en cuya situación y de manera excepcional, procede la tutela demandada, aún existan otros medios de defensa y recursos pendientes de resolución”.
    • III.2.
    • La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo. No es solamente poner en movimiento mecánico las reglas de procedimiento
    • El debido proceso es una institución del derecho procesal constitucional que abarca los presupuestos procesales mínimos a los que debe regirse todo proceso judicial, administrativo o corporativo, observando todas las formas propias del mismo, así como los presupuestos normativamente pre-establecidos, para hacer posible así la materialización de la justicia en igualdad de condiciones
    • III.3.  Derecho al trabajo
    • potestad o capacidad de toda persona para acceder a los sistemas de protección y resguardo de su vida y salud física y mental; su seguridad económica, vivienda, descanso y la protección de su núcleo familiar; cobertura a contingencias inmediatas y mediatas
    • III.5.
    • III.5.1. Cuestión previa
    • III.5.2. Sobre el fondo
    • CONFIRMAR

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