Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2021-S4
Fecha: 26-Jul-2021
II.3.
II.3. Mediante Certificación GAMM-OMT-UCC-CERT-0039/2014 de 10 de enero, el Gobierno Autónomo Municipal de Mecacapa informó sobre la ubicación del lote de terreno en pugna, a nombre de las ahora solicitantes de tutela en el sector de la playa margen del rio choqueyapu en la localidad de Mecacapa del departamento de La Paz (sic) a fs. 76; Asimismo, el referido ente edil, por la Certificación GAM-OMT-UCC-CERT-0018/2014 de igual fecha, a solicitud del Juzgado Tercero de Partido Penal Tercero del citado departamento, informó que las ahora impetrantes de tutela, cuentan con lote aprobado y cuya ubicación se encuentra en área urbana (fs. 79).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- a
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III.1. Naturaleza de la acción de amparo constitucional
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de esos derechos y garantías
- III.2.
- III.3.
- en ese contexto, debe determinarse que el análisis de una valoración probatoria por parte del órgano contralor de constitucionalidad sin cumplir las subreglas desarrolladas supra, generaría una disfunción tal que convertiría a este Tribunal en una instancia casacional o de revisión ordinaria, situación que no podría ser tolerada en un Estado Constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR