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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2021-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2021-S3

    Fecha: 14-Jul-2021

    II.4.

    II.4.  Por memorial presentado el 4 de agosto de 2020, el accionante interpuso recurso de reposición contra los decretos de 30 de julio y de 3 de agosto de 2020, pidiendo que sean revocados y/o modificados señalando día y hora de audiencia para considerar la suspensión condicional de su pena (fs. 18 y vta.). Siendo resuelto mediante el Auto Interlocutorio de 10 de agosto de igual año rechazando el mismo (fs. 20 a 21).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • a)
    • primer presupuesto
    • segundo presupuesto
    • REVOCAR

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