SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0361/2021-S3
Fecha: 14-Jul-2021
III.4. Análisis del caso concreto
El peticionante de tutela a través de su representante sin mandato, denuncia que el Juez de Instrucción Penal Quinto de la Capital del departamento de La Paz -hoy accionado-, hasta la fecha de interposición de la presente acción de defensa, no procedió con la remisión de su recurso de apelación incidental en el plazo establecido por el art. 251 del CPP modificado por la Ley 1173, impidiendo que un Tribunal de alzada se pronuncie sobre los agravios sufridos por la decisión de rechazar su solicitud de cesación de la detención preventiva; asimismo, en la Resolución impugnada, la autoridad accionada de manera arbitraria determinó ampliar el plazo de duración de la medida cautelar pese a que ello no fue solicitado ni fundamentado por el Ministerio Público.
Precisada la problemática constitucional que motivó la interposición de la presente acción tutelar, se evidencia que la misma contiene dos sustanciales reclamos, el primero relacionado con la falta de remisión de antecedentes del recurso de apelación incidental dentro del plazo previsto por el art. 251 del CPP modificado por la ley 1173; y, el segundo sobre el fondo de la Resolución apelada, vinculado a la supuesta arbitraria decisión de ampliar el término de duración de la detención preventiva, cuando aquello no fue solicitado ni fundamentado por el Ministerio Público; en ese sentido, cada punto será analizado de manera separada a objeto de una adecuada y pertinente resolución.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- III.2. El principio de gratuidad en la administración de justicia
- III.3. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados;
- III.4. Análisis del caso concreto
- Respecto de la falta de remisión de antecedentes según dispone el
- Sobre la ampliación del plazo de duración de la detención preventiva
- III.5. Otras consideraciones.
- REVOCAR en parte
- CORRESPONDE A LA SCP 0361/2021-S3 (viene de la pág. 18).
- 2º DENEGAR
- 3º Llamar la atención