Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0370/2021-S2
Fecha: 26-Jul-2021
II.1.
II.1. Consta Auto de Vista 088/2020 de 10 de julio, emitido por la Vocal demandada, declarando improcedente la solicitud de apelación incidental, confirmando el Auto Interlocutorio 207/2020 de 20 de junio y modificando al impetrante de tutela, dando por acreditado el componente domicilio (fs. 3 a 14).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- La Sra. Juez
- II.1.
- III.
- III.1. Exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
- toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión
- III.2. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONSIDERANDO III - (Fundamentos de la resolución)
- CONFIRMAR