Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2021-S3
Fecha: 28-Jul-2021
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 23 de junio de 2020, el accionante puso en conocimiento del Comando General de la Policía Boliviana la Resolución 026/2020, y a la vez solicitó su reincorporación a la función policial y la restitución de todos sus derechos suprimidos a partir de la notificación con el memorando E.U.J. 19/1004 de 18 de octubre de 2019; es decir: 1) El pago de los salarios que no percibió como consecuencia de la emisión de la Resolución 121/2019, 2) La restitución de su seguro social a corto plazo; 3) El pago de subsidios a favor de su hijo de seis meses de edad; y, 4) Los demás beneficios de ley que se hayan suprimido (fs. 2 a 7).
- I.1.1
- I.1.2
- a)
- 1)
- i)
- otorgó”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- esta acción tutelar es viable únicamente en la medida en que el accionante agote previamente todos los medios ordinarios o administrativos en la salvaguarda de sus derechos fundamentales o garantías constitucionales y sólo ante la persistencia de la lesión se apertura el amparo constitucional.
- III.2. Análisis del caso concreto
- de manera reiterada y ostensible
- otorgar
- REVOCAR