Por Tanto 1
La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, con la facultad conferida por el art. 189.1 de la CPE, los arts. 3, 11, 12, 30.11, 144.I.1 de la Ley N° 025 y los arts. 36.1 y 87.IV de la Ley N° 1715 modificada por la Ley N° 3545, de conformidad al art. 220.II de la Ley N° 439, esta última de aplicación supletoria a la materia por disposición del art. 78 de la Ley N° 1715; dispone:
1. Declarar INFUNDADO el recurso de casación en la forma planteado contra la Sentencia N° 04/2023 de 19 de septiembre de 2023, cursante de fs. 990 a 999 vta. de obrados, por estar la misma enmarcada a la norma agraria vigente.
2. Se mantiene firme e incólume la sentencia emitida por la Juez Agroambiental con Asiento Judicial en Uriondo del departamento de Tarija N° 04/2023 de 19 de septiembre.
3.- Se condena en costas y costos a los recurrentes, conforme a lo dispuesto en el art. 223-V-2 y 224 de la Ley N° 439, aplicable por el régimen de supletoriedad establecido en el art. 78 de la Ley N° 1715, fijándose como honorario profesional en la suma de Bs.- 1500 que mandara hacer efectivo la Juez de instancia.
Habiéndose producido las renuncias de las magistradas Ángela Sánchez Panozo y Elva Terceros Cuellar, que dieron lugar a la consecuente reconformación de Salas, el suscrito Magistrado de Sala Primera de este Tribunal, al estar convocado en la presente causa para conformar Sala y siendo relator, suscribe junto a la Magistrada de Sala Segunda María Tereza Garrón Yucra, la presente Resolución conforme los principios consagrados en el art. 178 de la CPE, así como lo determinado en la DCP N° 49/2023 de 11 de diciembre de 2023.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan la resolución recurrida en casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación en la forma
- 1.3 Responde al Recurso de casación;
- Trámite procesal: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.i. La naturaleza jurídica del recurso de casación en la forma;
- FJ.ii. El proceso de Reivindicación;
- FJ.iii. La demanda de Reconvención;
- FJ.iv. Con relación a la falta de conexitud de la demanda de reivindicación y la nulidad de documento;
- FJ.v. Principios que rigen a las nulidades;
- FJ.vi. Analisis del caso Concreto;
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