Auto Gubernamental Plurinacional S1/0044/2007
Fecha: 31-Ago-2007
Nº 1715 y la competencia otorgada por el Art. 36-1) del referido cuerpo legal, de conformidad con lo establecido por el art. 87-IV de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria concordante con el art. 271-1) del Cod. Pdto. Civ., declara IMPROCEDENTE el recurso de fs. 199-200 con costas en ambas instancias. Regístrese, notifíquese y devuélvase...