Auto Interlocutorio Definitivo S1/0021/2005

Fecha: 01-Sep-2005

POR TANTO: En mérito de los argumentos legales expuestos, y en aplicación a la segunda parte del art. 333 del Cód. Pdto. Civ. aplicable al caso de autos, por el régimen de supletoriedad que establece el art. 78 de la Ley 1715, se tiene POR NO PRESENTADA la demanda cursante en fs. 24 a 26 vta. de obrados. ...

Auto Interlocutorio Definitivo S2/0026/2005

Fecha: 22-Sep-2005

POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, de conformidad a lo dispuesto en la parte in fine del art. 333 del Cód. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente por mandato del art. 78 de la L. Nº 1715, tiene por NO PRESENTADA la demanda de fs. 76 a 82. ...