Dictada dentro del Proceso de Medidas Precautorias de Inspección Judicial CAUSA No.- 160/2015 formalizado a Demanda de Acción Negatoria de Derechos, Reinsercion en la posesión del demandante mediante el desapoderamiento de los demandados y el resarci
Fecha: 22-Mar-1996
Por Tanto 1
POR TANTO: La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, con la atribución conferida por el art. 189-1) de la CPE y art. 36-1) de la L. N° 1715, modificada parcialmente por la L. N° 3545, de acuerdo a los arts. 220-II y 278-I de la L. N° 439, de aplicación supletoria en la materia por disposición del art. 78 de la L. N° 1715; declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo y forma interpuesto mediante memorial de fs. 186 a 191 de obrados, por Teresa Gaby Jiménez Saavedra, Rafael Ruddy Saavedra, Delcy Jiménez Saavedra y Miguel Jiménez Saavedra; sea con costas.
Se regula el honorario profesional del abogado en la suma de Bs. 800.- que mandará hacer efectivo el Juez de instancia.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
Fdo.-
Magistrada Sala Primera Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz.
Magistrada Sala Primera Dra. Paty Y. Paucara Paco.
Magistrado Sala Primera Dr. Juan Ricardo Soto Butrón.