Proceso: Cumplimiento de Contrato.
Tribunal Agroambiental Bolivia

Proceso: Cumplimiento de Contrato.

Fecha: 15-Nov-2016

Considerando 3

CONSIDERANDO III: Que, mediante acta de audiencia principal de fojas 47 a 49, se desarrollan las actividades procesales establecidas en el artículo 83 de la Ley 1715, solo con la presencia de las demandantes, considerándose la primera actividad, sobre la alegación de hechos nuevos o aclaración de los fundamentos oscuros, ratificadas que hayan sido, se pasa a la segunda actividad procesal referida a la contestación a las excepciones, al no haber excepciones, se pasa a la tercera actividad, referida a la resolución de la excepciones, al no existir excepciones que resolver, se procede al saneamiento procesal, cediendo el expediente a la parte presente, quien luego de revisado el mismo no advierte ningún error o vicio que pueda acarrear la nulidad del presente proceso, seguidamente al no encontrarse presentes los demandados se obvia la cuarta actividad referida a la tentativa de conciliación, quedando pendiente esta actividad, para luego mediante acta (a fs. 82 a 83) la misma se lleva adelante sin que las partes hayan llegado a un acuerdo conciliatorio, continuando con el desarrollo la audiencia principal, se pasa a la quinta actividad, fijación del objeto de prueba, admitiendo la pertinente y rechazando la impertinente, mediante Auto de fecha 18 de Julio de 2016 (a fs. 47 vuelta a 48 vuelta) apersonándose Ciriaco Parra Vaca en representación de la Capitanía Gran Kaipepende Karovaicho mediante memorial (a fs. 74 y 75) adjuntando documentación y Benito Bartolo Camargo como Capitán Grande de GKK mediante memorial (a fs. 89).

ANÁLISIS DE LA PRUEBA.-