De la prueba testifical de cargo
II.- De la prueba testifical de cargo.-
De las declaraciones de los testigos de cargo, se extrae lo siguiente, con relación al testigo José Luis Vargas Vargas (a fs. 56 a 57), manifiesta que conoce la parcela objeto de contrato, señalando la superficie de 350 Has., indicando que antes contaba con 3000 Has., perteneciendo a Teresa Anzaldo Galvez y Lidu Anzaldo Gálvez, cediendo la propiedad a la Capitanía a cambio de quedarse con un pedazo para que ellas las trabajen. El testigo Martin Gonzales Lazarte (a fs. 58 y vuelta), manifiesta que conoce la parcela objeto de contrato y a las propietarias, manifestando que antes tenía una superficie de 3600 Has., con el nombre de Guayapati, y que las demandantes nacieron y se criaron ahí, indicando que la propiedad se encuentra saneada a nombre de la Capitanía, que no conoce sobre algún desalojo de la parcela y que las demandantes cedieron gran parte de la propiedad porque ya no podían trabajar la tierra.
Con relación al testigo de cargo Elder Javier Anzaldo Ríos, (a fs. 59 y 60) siendo sobrino de las demandantes y al no estar presentes los demandadospara promover la tacha, pero sin embargo atentas a las circunstancias que conduzcan a aportar elementos para formar convicción en el juzgador, este manifiesta que la parcela objeto de contrato motivo de la presente demanda de complimiento de contrato, se encuentra al interior de la Capitanía Gran Kaipependi Karavaicho, indicando que siempre se tuvo presencia de familias guaranis dentro de la propiedad de 3600 Has., desde que tuvo por primera vez Título, indicando que se llego a un acuerdo en respetar la presencia de familias guaranis, respetando las 350 Has., haciéndose un documento antes que venga el INRA, que fue el 2013, manifestando que cuando vino el INRA se hacen cargo del saneamiento (los de la Capitanía), saneando todo a nombre de la Capitanía Kaipependi Karavaicho sin respetar las 350 Has., y una vez Titulada piden que desalojemos hasta el 30 de noviembre, señalando además que las propietarias viéndose solas sin hijos y al no poder demostrar la función social para el saneamiento, cedieron tierras a la Comunidad, indicando que en dos oportunidades les pidieron a las demandantes que se retiren, siendo la ultima en abril de 2016.
