Expediente: No 4242/2021
Tribunal Agroambiental Bolivia

Expediente: No 4242/2021

Fecha: 24-Jun-2021

Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación

I.3. Argumentos de la contestación al recurso de casación

Por memorial cursante de fs. 128 y vta. de obrados Candolfo Tórrez Ledezma, en su condición de Presidente de la OTB de la Comunidad "El Kinchau", respondió al recurso de casación y solicitó se lo declare improcedete, con costas y costos, con los siguientes argumentos :

1) El 20 de abril de 2021, el Juez Agroambiental, a través de la Sentencia 06/2021 de 20 de abril -ahora recurrida- declaró probada su demanda, es decir, en favor de la Comunidad "Kinchau", de manera fundamentada y motivada y en base a los medios probatorios que se produjeron en la sustanción del proceso de Desalojo por Avasallamiento. Así, se consideró en la audiencia de inspección judicial al predio avasallado, evidenciando que existía una dimensión considerada de mejoras que realizaron Guimer Tórrez Terrazas y Raúl Condori Sánchez -demandados y ahora recurrentes-, quienes de manera agresiva, en base a amenazas realizaron trabajos en la Comunidad, conforme se especifica en el Informe realizado por el perito designado, técnico que demostró, en base a las coordenadas que las mejoras fueron realizadas dentro de los predios titulados por el INRA en favor de la Comunidad, conforme se demostró con el Título Ejecutorial TCM NAL 000335, registrado en Derechos Reales de Yacuiba, con una superficie de 895.0975 ha y la Personería Jurídica que acredita el nacimiento a la vida orgánica de la Comunidad con la Resolución Prefectural No 006/98 de 30 de marzo de 2008.

2) Asimismo, refiere que, la declaración de testigos de cargo, evidencia que los demandados no pertenecen a la Comunidad "Kinchau"; es decir, no son afiliados ni socios y, que los demandados, en su oportunidad, no ofrecieron prueba testifical de descargo. Las pruebas documentales son impertinentes para poder demostrar el derecho propietario de los terrenos avasallados.