Expediente: No 4242/2021
Tribunal Agroambiental Bolivia

Expediente: No 4242/2021

Fecha: 24-Jun-2021

Por Tanto 2

El suscrito Juez Agroambiental con asiento Judicial en la Ciudad de Yacuiba, Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija, impartiendo justicia en virtud de la jurisdicción y competencia prevista en el artículo 4 y siguientes de la Ley No 477, Contra el Avasallamiento y Trafico de Tierras, de 30 de diciembre de 2013 en única instancia, en nombre del Estado Plurinacional de Bolivia, FALLA declarando:

1.- PROBADA , la demanda de Desalojo por Avasallamiento, interpuesta por la Comunidad Campesina Kinchau atravez de su representante Sr. Candolfo Torrez Ledezma presidente de la OTB de la comunidad campesina de Kinchau, cursante de fs. 9 fs. 10 vta. con costas y costos.

2.- DISPONER el desalojo de Guimer Torrez Terrazas y Raúl Condori Sánchez , del predio denominado "Comunidad Campesina de Kinchau" predio A, sobre la superficie del área avasallada ocupada por el codemandado Guimer Torrez Terrazas la superficie 23.1741 hectáreas y por el co-demandado Raúl Condori Sánchez la superficie de 34.8623 hectáreas de acuerdo a lo establecido en el planos cursantes de fs. 85 y 86 desalojo que debe cumplirse en el lazo de 96 horas, de ejecutoriada la presente sentencia, conforme dispone el Art. 5.I, 7 de la Ley N° 477, contra el Avasallamiento y Tráfico de Tierras, disponiéndose el retiro de los trabajos y mejoras realizados por la parte demandada en el área, bajo apercibimiento de emitirse mandamiento de desapoderamiento con el auxilio de la fuerza pública en caso de incumplimiento.

POSIBILIDAD DE RECURSO

De acuerdo a la disposición del artículo 5 inciso 13 de la ley No. 477 (Ley contra el Avasallamiento y Trafico de Tierras) y el Art. 87 de la ley 1715 del Servicio Nacional de Reforma Agraria, la presente resolución es susceptible de recurso de casación o nulidad ante el Tribunal Agroambiental dentro en el plazo de 8 días hábiles computables a partir de su notificación a las partes. ANOTESE.