Expediente : N° 4144-NTE-2021
Tribunal Agroambiental Bolivia

Expediente : N° 4144-NTE-2021

Fecha: 11-Nov-2022

Antecedentes Procesales: Argumentos del tercero interesado

I.3. Argumentos del tercero interesado

I.3.1. Por memorial cursante de fs. 288 a 291 vta, el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras representado por Jimmy Calle Ochoa y Nancy Llanos Choque, se apersonan y responden a la demanda, manifestando que el referido predio fue titulado a favor de Juan Pablo Llanos Ramírez y Juan Carlos Llanos Ramírez, lo que significa que hubo un proceso de saneamiento y que producto de ello concluyó con la Resolución Final de Saneamiento que los demandantes tenían el recurso administrativo franqueado durante el proceso de saneamiento extremo que no se hubiera dado en el caso de autos; que, el proceso se encontraría ejecutoriada en el marco de los dispuesto por el art. 90 del D.S. Nº 29215, por el cual los demandantes convalidaron dichos actos administrativos; citando a las SCP Nº 1873/2013 de 29 de octubre y Sentencia Agraria Nacional S1 Nº 071/2015 de 27 de agosto de 2015, señalan que no existe vulneración alguna como maliciosamente pretende hacer ver la parte actora.

I.3.2 . Asimismo, de fs. 304 a 307 de obrados, cursa el memorial de apersonamiento del Director Nacional del Instituto Nacional de Reforma Agraria, representado por Elvira Lucia Achu Quispe, quien arguye que de los antecedentes del proceso de saneamiento del predio "Tholas y otros", entre los que se encuentra el Pol. 044 "Pampas de San Isidro" señalan que cursa a fs. 1076 Acta de Conformidad de Linderos donde se evidencia que el demandante Valentín Llanos firma dando su conformidad y consentimiento como colindante de la parcela 39 y beneficiarios de la parcela 76; cursando también cursa a fs. Fs. 1635 y 1636 , el acta de conformidad de linderos de la parcela 76, donde se evidencia que los demandantes estampan su rúbrica de conformidad, no existiendo ninguna observación a la parcela 039 que es objeto de nulidad de Título Ejecutorial, no existiendo las circunstancias que se enmarquen en las causales de nulidad establecida el art. 50 I. numeral 2 inc. b) pidiendo declare improbada la demanda nulidad de Titulo Ejecutorial.