SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a Nº 46/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a Nº 46/2023

Fecha: 03-Nov-2023

Antecedentes Procesales: Argumentos de los terceros interesados.

I.3. Argumentos de los terceros interesados.

Omar Quiroga Antelo Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y, Control Social de Bosques y Tierras – ABT, mediante memorial cursantes de fs. 143 a 144 de obrados, contesta la demanda, con los siguientes argumentos:

Refiere que, la ABT (Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierras), entre las atribuciones y competencias conferidas por Ley, otorga permisos, derechos, concesiones y autorizaciones de derechos forestales y agrarios en tierras comunitarias de origen, comunidades campesinas, empresas, propiedades privadas; además tiene facultades para inspeccionar, controlar, fiscalizar derechos autorizaciones, además de procesar y sancionar a quienes incumplen o infringen el régimen forestal, conforme establece la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo y su Reglamento, aprobado por D.S. N° 27113, la Ley Forestal N° 1700 y su Reglamento aprobado mediante D.S. N° 24453, por lo que aduce que remite ante el Tribunal Agroambiental, la Comunicación Interna CID-DGMBT-483/2023 de 15 de marzo del 2023, de la Dirección General de Manejo de Bosques y Tierras ABT, mediante la cual, requiere información complementaria ya que no presenta “información geográfica” situación que imposibilitaría ubicar correctamente al predio, ante esta carencia de datos, la ABT, se vería imposibilitado de emitir criterio técnico o legal respecto a derechos, autorización, sobreposición y otros aspectos técnicos respecto al predio en litis.