SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 07/2023
Fecha: 29-Mar-2023
Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
I.4. Trámite Procesal
I.4.1. Auto de
Admisión
A fs. 84 y vta. de obrados, cursa el Auto de 21 de abril de
2022, que admite la demanda de nulidad de Título Ejecutorial, para su
tramitación en la vía ordinaria de puro derecho, corriéndose en traslado a la
parte demandada para que dentro del plazo establecido de ley conteste la
demanda y se notifique al Director Nacional a.i. del INRA, a efectos de que
intervenga en el presente proceso en calidad de tercero interesado.
I.4.2. Réplica y
dúplica
De fs. 247 a 258 vta. de obrados, cursa memorial de réplica
presentada por la parte actora, quien ante lo expresado en el punto primero del
memorial de respuesta a la demanda por la defensora de oficio, refiere que en
su demanda de nulidad de Título Ejecutorial interpuesto, nunca habría alegado
falta de notificación con el proceso de saneamiento; respecto al segundo punto
se ratifica en los argumentos expresados en su demanda; con relación a los
puntos tres y cuatro, infiere que desconoce las afirmaciones realizadas al
respecto; así también aclara que la demanda presentada no corresponde a un
proceso contencioso administrativo, sino a una demanda de nulidad de Título
Ejecutorial y con relación al quinto punto, apoyándose en lo establecido en las
SAP S1a N° 110/2019 de 14 de octubre y
S1a N° 0117/2019 de 25 de octubre, indica que estas jurisprudencias
ya se habrían pronunciado sobre documentos que habrían sido declarados nulos.
Respecto al memorial del INRA, de fs. 250 a 252 cursa memorial presentado por
la parte actora, quién refutando los argumentos detallados por el INRA, se
ratifica en su demanda de nulidad de Título Ejecutorial interpuesta y observa
que el ente administrativo ignore y no tome en cuenta el proceso penal
ejecutoriado que da cuenta de la posesión ilegal del demandado Valeriano
Hidalgo Sánchez.
I.4.3. Decreto de
Autos y Sorteo
A fs. 262 de obrados, cursa decreto de Autos para sentencia
de 30 de enero de 2023; cursando a fs. 265 de obrados, el decreto de
señalamiento de sorteo del expediente para el
22 de febrero de 2023, habiéndose realizado el mismo, conforme consta a
fs. 268 de obrados.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
- Antecedentes Procesales: Antecedentes del derecho propietario y posesión
- Antecedentes Procesales: Relación de hechos que motivan la presente demanda
- Antecedentes Procesales: Primer intento fallido de conciliación
- Antecedentes Procesales: Saneamiento atropella derechos de los demandantes
- Antecedentes Procesales: Proceso penal que acredita que Valeriano Hidalgo Sánchez fue condenado por los delitos de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado por el Certificado de Posesión presentado arbitrariamente para el predio “Valeriano”
- Antecedentes Procesales: Declaración Jurada de Posesión Pacífica del predio motivo de la litis
- Antecedentes Procesales: Acta de Conformidad de Resultados y Declaración Jurada de Posesión Pacífica del predio
- Antecedentes Procesales: Derechos consagrados bajo el marco del principio constitucional del derecho a la propiedad agraria y el trabajo como fuente fundamental para su preservación
- Antecedentes Procesales: Actos que agravian la institucionalidad, la justicia y evidencia la temeridad de Valeriano Hidalgo Sánchez sobre el estado de derecho
- Antecedentes Procesales: Fundamentos jurídicos para declarar la nulidad del Título Ejecutorial Individual N° PPD
- Antecedentes Procesales: Enfoque interseccional y de genero
- Antecedentes Procesales: Derecho a la propiedad de la tierra, la Función Social y la titulación preferente
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- F.J.II.1. La naturaleza jurídica de las demandas de nulidad de Título Ejecutorial
- FJ.II.2. Las causales de nulidad de error esencial, simulación absoluta, ausencia de causa y violación de la Ley Aplicable establecidos en el art. 50.I.1.a) y c) y 2.b) y c) de la Ley Nº 1715.
- FJ.II.3. El principio de verdad material.
- FJ.III.1. En lo que respecta a la causal de nulidad de error esencial (art. 50.I.1.a) de la Ley Nº 1715)
- FJ.III.2. En cuanto a la causal de nulidad de simulación absoluta (art. 50.I.1.c) de la Ley N° 1715)
- FJ.III.3. En cuanto a la causal de nulidad de ausencia de causa (art. 50.I.2.b) de la Ley N° 1715)
- FJ.III.4. En lo concerniente a la causal de nulidad por violación de la Ley aplicable (art. 50.I.2.c) de la Ley N° 1715)
- FJ.III.5. Respecto a los reclamos presentados por la parte actora ante el ente administrativo y la falta de pronunciamiento a los mismos; así como la solicitud de aplicación del enfoque interseccional y de genero
- Por Tanto 1